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Credito Personal

Definimos crédito personal, a la cantidad que pudiéramos precisar o necesitar para realizar o afrontar pagos personales o bien profesionales, también lo podremos utilizar para adquirir o comprar un coche, una motocicleta, mobiliario para nuestra vivienda etc…

Normalmente este tipo de créditos los pueden otorgar las entidades bancaria a sus clientes solicitando condiciones o avales dependiendo del historial bancario o riesgo del contratante.

Las cantidades a solicitar en este caso, serán normalmente cantidades inferiores a créditos hipotecarios, con unos plazo de devolución inferiores si bien los intereses por la cantidad solicitada serán mayores al préstamo hipotecario.

Los intereses, en este caso oscilaran pueden oscilar desde el 7.5% hasta el 14%, podrán ser fijos o bien variables, o bien en tercer lugar una combinación de ambos (interés mixto).

En este caso deberemos tener en cuenta las siguientes definiciones:

TAE:

Es el coste real del préstamo o crédito, una vez sumado todos los gastos del mismo.

Carencia:

Es el periodo inicial pactada con la entidad bancaria en el que no se amortiza el préstamo sino que el pago de las cuotas va íntegramente destinado al pago de intereses de la operación.

Comisión de apertura:

Normalmente se abona o se paga en una única cuota y es la cantidad que destina la entidad bancaria por llevar a cabo los tramites para conceder este tipo de prestamos.

Compensación por cancelación o reembolso anticipado:

En este caso se estipula una penalización por parte de la entidad bancaria si se pretende devolver la deuda antes del plazo previsto estipulado.